La operación del Tuzobús está garantizada y se presta con normalidad


Muy pronto iniciará el procedimiento para la adjudicación de su concesión

La operación del Tuzobús está garantizada y se presta con normalidad
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Abril 06, 2022 13:44 hrs.
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Redacción Líderes Políticos › Líderes Políticos

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Pachuca de Soto, Hgo., a 6 de abril del 2022

Tarjeta Informativa

En relación con las manifestaciones vertidas por personal de la empresa Vanguardia y Cambio S.A. de C.V. ex operadora temporal del Tuzobús, el Sistema Integrado de Transporte Masivo de Hidalgo, por conducto de su director general, Pablo Elio Blanco Cornejo, realiza las siguientes precisiones:

1. Ante la posible interrupción de la prestación del servicio público de transporte masivo en Pachuca y su zona metropolitana por parte de la empresa Vanguardia y Cambio S.A. de C.V. y, con la finalidad de garantizar dicha prestación a los miles de usuarios que se movilizan en el Tuzobús, el 30 de marzo de 2022 se dio por terminado el contrato de operación temporal que se tenía con la empresa referida; ello, a un día de que tal contrato concluyera su vigencia el 31 de marzo de 2022 y respetándose al respecto todas las formalidades legales de notificación y ejecución.

2. La figura legal por la que en su momento se adjudicó el servicio en el año 2019 a la empresa cuyo contrato concluyó, Vanguardia y Cambio S.A. de C.V., como en el año 2022 a la recién contratada Líneas Urbanas y Suburbanas de Pachuca S.A. de C.V., de ninguna manera es la de la Concesión, cuya naturaleza es de largo plazo y puede tener vigencia hasta por 10 años; sino la de un contrato de operación temporal, cuya finalidad es la de garantizar la prestación del servicio sola y exclusivamente mientras se desarrolla el procedimiento para el concesionamiento del mismo. Por ello, el SITMAH tiene en todo momento la facultad de cambiar de operador temporal o incluso de operar de forma directa, cumpliendo las debidas formalidades contractuales y legales, situación que ambas empresas aceptaron al firmar los respectivos contratos.

3. El procedimiento de adjudicación de la operación temporal no es unipersonal, pues se llevó a cabo en apego a la Ley de Movilidad y Transporte para el Estado de Hidalgo y su Reglamento, así como en las Bases Generales para el Concurso y la Adjudicación del Servicio Público de Transporte Masivo de Pasajeros, de los Servicios Auxiliares y de los Servicios Conexos a cargo del SITMAH, ante el Comité para el Concurso y la Adjudicación del Servicio Público de Transporte Masivo de Pasajeros, de los Servicios Auxiliares y de los Servicios Conexos a cargo del SITMAH.

4. Entonces, tal como se informó en la tarjeta informativa de fecha 30 de marzo de 2022, el SITMAH iniciará en breve el procedimiento de adjudicación de la respectiva concesión a fin de contar con las mejores condiciones posibles para los usuarios a través de un concesionario que opere hasta por 10 años.

5. La razón por la que no había sido posible iniciar el procedimiento de adjudicación de la concesión era que hasta diciembre de 2021 existían recursos legales pendientes de resolverse ante el Poder Judicial Federal y si bien no impedían el desarrollo de dicho procedimiento, se optó por esperar a que los mismos concluyeran para evitar incertidumbre legal.

6. El 30 de marzo, fecha señalada para la ejecución del acto administrativo, acudió notaria pública a dar Fe de los hechos, personal del SITMAH, de la SEMOT y los representantes legales de los operadores temporales saliente y entrante a fin de dar cumplimiento a las determinaciones emitidas con motivo de la conclusión del contrato. La policía estatal no participó en el operativo. Solo y exclusivamente estuvo presente personal de la Policía Industrial Bancaría, que resguarda ininterrumpidamente las instalaciones propiedad del SITMAH desde el año 2014 hasta la fecha.

7. En cuanto a los adeudos reclamados por la empresa Vanguardia y Cambio, ésta fue citada por conducto de su representante legal. El SITMAH cubrirá puntualmente cualquier adeudo a favor de la empresa y velará porque la misma cumpla con todas y cada una de las obligaciones a su cargo. La terminación del contrato de operación temporal no excluye que ambas partes liquiden recíprocamente sus compromisos, por lo que se le continuará convocando a sostener dicha sesión.

8. El SITMAH reitera que todos y cada uno de sus actos se realizan con estricto apego a la Ley y con base en la misma se dará cauce al presente asunto, sin perjuicio de invitar al ex operador temporal a resolver mediante el diálogo cualquier diferencia que pudiera existir.

9. Asimismo, se invita a Vanguardia y Cambio S.A. de C.V. a que en caso de así determinarlo y de cumplir con los requisitos de la misma, participe en el procedimiento de adjudicación de la concesión definitiva que próximamente dará inicio.

10. Se informa que a la fecha la totalidad de los conductores del Tuzobús han firmado contrato con la nueva empresa operadora temporal, la cual ha reconocido sus derechos y prestaciones laborales, así como su antigüedad en el empleo, garantizando con ello su fuente de trabajo. La operación del Tuzobús está garantizada y se presta con normalidad y en este momento se trabaja arduamente por incorporar un mayor parque vehicular al servicio.

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